Beneficiarios
Personas físicas que decidan emprender en el medio rural (a fecha de solicitud de la ayuda):
- Tipo A.1:
- Ser agricultora profesional titular o socia de una explotación.
- Realizar la actividad en los municipios de Navarra considerados como zonas rurales.
- Tipo A.2:
- Ser familiar de primer grado de una persona agricultora profesional titular o socia de una explotación.
- No estar dada de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Realizar la actividad en los municipios de Navarra considerados como zonas rurales.
- Tipo B.2:
- No estar dada de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Realizar la actividad en los municipios de Navarra considerados como zonas rurales y con grado de despoblación extremo, intenso e importante y en declive intenso y moderado conforme la OF 8/2023.
Requisitos
- Edad comprendida entre 18 y 61 años en el momento de finalización del plazo de presentación de la solicitud.
- No haber sido beneficiaria de esta ayuda en anteriores convocatorias, incluidas las concedidas en el marco de la medida M06.02 del PDR 2014-2020.
- No haber realizado la misma o similar actividad en los 5 años anteriores.
- Contar con los permisos necesarios para realizarla.
- Contar con conformidad de Gobierno de Navarra sobre los ámbitos afectados por el proyecto (Turismo, otros).
- Presentar un plan empresarial.
- Obtener una puntuación mínima de 24 puntos en los criterios de selección.
Actuaciones subvencionables
- Servicios profesionales (ingeniería, arquitectura, asesoría, veterinaria, técnicos u otros).
- Actividades relacionadas con las tecnologías de la información, informática u otros.
- Desarrollo de actividades artísticas y/o artesanales.
- Provisión de servicios sociales.
- Establecimiento de talleres, industrias, locales o instalaciones para actividades no agrícolas.
- Transformación y comercialización cuyo producto resultante no esté incluido en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
- Provisión de servicios para cualquier sector económico, incluyendo la agricultura y la silvicultura, o la población rural. Se consideran como servicios a la agricultura y silvicultura aquellos servicios complementarios a las labores agrícolas y forestales (provisión de productos, asesoramiento, mantenimiento de maquinaria, etc.) siempre que se pueda probar que no se trata de labores preparatorias para la obtención de productos incluidos en el Anexo I del TFUE.
- Actividades de bioeconomía circular.
- Actividades de agroturismo, de turismo rural, de ocio, recreativas, deportivas, de hostelería o actividades relacionadas con el desarrollo económico territorial.
Cuantía
- Tipo A.1: Actividad parcial complementaria para agricultoras profesionales:
Prima 20.000 euros. Compromiso de 6.000 euros de ingresos.
- Tipo A.2: Actividad principal para familiar en primer grado de agricultoras:
Prima 40.000 euros. Compromiso de 12.000 euros de ingresos y el porcentaje de ingresos final sea mayor al 49 % respecto a los ingresos totales obtenidos en el conjunto de actividades realizadas.
- Tipo B.2: Actividad principal sin vinculación a explotación agraria:
Prima 40.000 euros. Compromiso de 12.000 euros de ingresos y el porcentaje de ingresos final sea mayor al 49 % respecto a los ingresos totales obtenidos en el conjunto de actividades realizadas.
Obligaciones
En el momento de presentación de la solicitud de la ayuda:
- Viabilidad del plan empresarial
Con posterioridad a la solicitud de ayuda y antes de la fecha de solicitud de pago parcial:
- Alta y pago en el Impuesto de actividades económicas (IAE) en el epígrafe correspondiente a la actividad.
- Alta y al corriente del pago en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Estar inscrito/a en el Registro de personas y entidades emprendedoras (excepto traslados de negocios con continuidad siempre que cumplan con el resto de requisitos establecidos en la misma).
- Otros, en función de la actividad y lo indicado en el plan empresarial.
Entre el 1 de enero y el 1 de junio del año del ejercicio presupuestario con cargo al cual se imputa el pago final:
- Mínimo de ingresos netos anuales en el último ejercicio, procedentes de la actividad creada:
- Tipo A.1: 6.000 euros
- Tipo A.2 y B.2: 12.000 euros y el porcentaje de ingresos final sea mayor al 49 % respecto a los ingresos totales obtenidos en el conjunto de actividades realizadas.
- Documento actualizado de alta en el Impuesto de actividades económicas (IAE) en el epígrafe correspondiente a la actividad.
- Al corriente del pago en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Otros, en función de la actividad y lo indicado en el plan empresarial.
Plazo de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes es del 18/11/2025 al 19/01/2026.
Más información en el siguiente enlace: https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/ayudas-a-la-creacion-de-empresas-para-actividades-no-agrarias-en-zonas-rurales-2025

