Ayudas a la creación de empresas para actividades no agrarias en zonas rurales 2025

Beneficiarios

Personas físicas que decidan emprender en el medio rural (a fecha de solicitud de la ayuda):

  • Tipo A.1:
    • Ser agricultora profesional titular o socia de una explotación.
    • Realizar la actividad en los municipios de Navarra considerados como zonas rurales.
  • Tipo A.2:
    • Ser familiar de primer grado de una persona agricultora profesional titular o socia de una explotación.
    • No estar dada de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
    • Realizar la actividad en los municipios de Navarra considerados como zonas rurales.
  • Tipo B.2:
    • No estar dada de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
    • Realizar la actividad en los municipios de Navarra considerados como zonas rurales y con grado de despoblación extremo, intenso e importante y en declive intenso y moderado conforme la OF 8/2023.

Requisitos

  • Edad comprendida entre 18 y 61 años en el momento de finalización del plazo de presentación de la solicitud.
  • No haber sido beneficiaria de esta ayuda en anteriores convocatorias, incluidas las concedidas en el marco de la medida M06.02 del PDR 2014-2020.
  • No haber realizado la misma o similar actividad en los 5 años anteriores.
  • Contar con los permisos necesarios para realizarla.
  • Contar con conformidad de Gobierno de Navarra sobre los ámbitos afectados por el proyecto (Turismo, otros).
  • Presentar un plan empresarial.
  • Obtener una puntuación mínima de 24 puntos en los criterios de selección.

Actuaciones subvencionables

  • Servicios profesionales (ingeniería, arquitectura, asesoría, veterinaria, técnicos u otros).
  • Actividades relacionadas con las tecnologías de la información, informática u otros.
  • Desarrollo de actividades artísticas y/o artesanales.
  • Provisión de servicios sociales.
  • Establecimiento de talleres, industrias, locales o instalaciones para actividades no agrícolas.
  • Transformación y comercialización cuyo producto resultante no esté incluido en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
  • Provisión de servicios para cualquier sector económico, incluyendo la agricultura y la silvicultura, o la población rural. Se consideran como servicios a la agricultura y silvicultura aquellos servicios complementarios a las labores agrícolas y forestales (provisión de productos, asesoramiento, mantenimiento de maquinaria, etc.) siempre que se pueda probar que no se trata de labores preparatorias para la obtención de productos incluidos en el Anexo I del TFUE.
  • Actividades de bioeconomía circular.
  • Actividades de agroturismo, de turismo rural, de ocio, recreativas, deportivas, de hostelería o actividades relacionadas con el desarrollo económico territorial.

Cuantía

  • Tipo A.1: Actividad parcial complementaria para agricultoras profesionales:
    Prima 20.000 euros. Compromiso de 6.000 euros de ingresos.
  • Tipo A.2: Actividad principal para familiar en primer grado de agricultoras:
    Prima 40.000 euros. Compromiso de 12.000 euros de ingresos y el porcentaje de ingresos final sea mayor al 49 % respecto a los ingresos totales obtenidos en el conjunto de actividades realizadas.
  • Tipo B.2: Actividad principal sin vinculación a explotación agraria:
    Prima 40.000 euros. Compromiso de 12.000 euros de ingresos y el porcentaje de ingresos final sea mayor al 49 % respecto a los ingresos totales obtenidos en el conjunto de actividades realizadas.

Obligaciones

En el momento de presentación de la solicitud de la ayuda:

  • Viabilidad del plan empresarial

Con posterioridad a la solicitud de ayuda y antes de la fecha de solicitud de pago parcial:

  • Alta y pago en el Impuesto de actividades económicas (IAE) en el epígrafe correspondiente a la actividad.
  • Alta y al corriente del pago en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Estar inscrito/a en el Registro de personas y entidades emprendedoras (excepto traslados de negocios con continuidad siempre que cumplan con el resto de requisitos establecidos en la misma).
  • Otros, en función de la actividad y lo indicado en el plan empresarial.

Entre el 1 de enero y el 1 de junio del año del ejercicio presupuestario con cargo al cual se imputa el pago final:

  • Mínimo de ingresos netos anuales en el último ejercicio, procedentes de la actividad creada:
    • Tipo A.1: 6.000 euros
    • Tipo A.2 y B.2: 12.000 euros y el porcentaje de ingresos final sea mayor al 49 % respecto a los ingresos totales obtenidos en el conjunto de actividades realizadas.
    • Documento actualizado de alta en el Impuesto de actividades económicas (IAE) en el epígrafe correspondiente a la actividad.
    • Al corriente del pago en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
    • Otros, en función de la actividad y lo indicado en el plan empresarial.

Plazo de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes es del 18/11/2025 al 19/01/2026.

Más información en el siguiente enlace: https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/ayudas-a-la-creacion-de-empresas-para-actividades-no-agrarias-en-zonas-rurales-2025

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