Subvenciones para la conciliación de la vida laboral y familiar

Estas ayudas están destinadas a facilitar la contratación de personas desempleadas para el cuidado de menores o familiares dependientes en el domicilio, con el objetivo de:

  • Promover la conciliación de la vida personal, familiar y profesional.
  • Impulsar carreras profesionales.
  • Estimular la contratación de personas desempleadas.

AUTÓNOMOS

Beneficiarios

Personas trabajadoras autónomas (cuenta propia) en Navarra que realicen contratación de personas:

  • Para sustituirles en el caso de suspensión por cuidado de hijas e hijos menores de 12 años o familiares dependientes de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  • Para cuidado en el domicilio de menores de 12 años (hijas o hijos, en acogimiento o en tutela).

Importes

La cuantía de la ayuda será de 400€ por cada mes de contratación, con un máximo de 12 meses.

Si la contratación se suscribe a tiempo parcial (mínimo 50 % de la jornada), la subvención se reducirá proporcionalmente.

La cuantía se incrementará en un 10 % más si la persona contratada es mujer.

Así mismo, la ayuda se incrementará en un 20 % más en los siguientes supuestos:

  • Cuando la persona trabajadora por cuenta propia desarrolle su actividad en una localidad en cuyo padrón municipal actualizado consten menos de 5.000 habitantes.
  • Cuando la persona trabajadora por cuenta propia acredite el carné de familia monoparental en vigor, en virtud de la aplicación de la Ley Foral 5/2019, de 7 de febrero, para la acreditación de las familias monoparentales en Navarra.

 

Estos porcentajes podrán acumularse.

La remuneración bruta anual mínima (incluidas pagas extraordinarias) deberá constar en el contrato y no podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional.

Plazo de presentación

El plazo de presentación es: 13/05/25 – 1/12/25.

El plazo de presentación de la solicitud será de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de inicio de la relación contractual, siempre que se hubiera publicado la autorización de gasto correspondiente. En caso contrario, el plazo será de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación oficial de dicha autorización.

Las solicitudes por contrataciones realizadas a partir del 1 de noviembre de cada año se presentarán al año siguiente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación oficial de la autorización de gasto en el BON.

TRABAJADORES CUENTA AJENA

Beneficiarios

Personas trabajadoras por cuenta ajena que contraten a una persona para el cuidado de hijos o hijas, menores de 12 años, en el domicilio familiar en la Comunidad Foral de Navarra.

Se entiende por menores de 12 años a cargo: los hijos e hijas y las y los menores de esa edad sometidos a tutela o acogimiento familiar permanente o preadoptivo. La persona solicitante tendrá derecho a su disfrute una vez por cada menor que tenga a su cargo.

Importes

La cuantía de la subvención será de 400 euros por cada mes de contratación, con un máximo de 12 meses.

Si la contratación se suscribe a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente.

La cuantía se incrementará en un 20 % si:

  • El domicilio donde se vaya a desarrollar el trabajo de la persona contratada sea un municipio en cuyo padrón municipal actualizado consten menos de 5.000 habitantes.
  • La persona solicitante acredita el carné de familia monoparental en vigor, en virtud de la aplicación de la Ley Foral 5/2019, de 7 de febrero, para la acreditación de las familias monoparentales en Navarra.

 

Estos porcentajes podrán acumularse.

Con referencia al contrato a realizar:

  • La persona contratada será dada de alta en el Régimen de la Seguridad Social correspondiente.
  • La persona contratada debe estar desempleada e inscrita como demandante de empleo en alguna de las Agencias de Empleo dependientes del Servicio Navarro de Empleo Nafar Lansare en la fecha de la contratación.
  • Si se realiza a tiempo parcial,  el contrato deberá ser al menos al 50 % de una jornada a tiempo completo.
  • La remuneración bruta anual mínima (incluidas pagas extraordinarias) deberá constar en el contrato y no podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional, así como la dirección donde se va a realizar el trabajo.
  • No será subvencionable la contratación del o de la cónyuge o pareja de hecho de la persona empleadora ni sus ascendientes o descendientes por consanguinidad o afinidad, de primer o segundo grado.

Plazo de presentación

Contrataciones del 01/11/2024 al 31/10/2025.

El plazo de presentación de la solicitud será de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de inicio de la relación contractual, siempre que se hubiera publicado la autorización de gasto correspondiente. En caso contrario, el plazo será de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación oficial de dicha autorización.

Más información en los siguientes enlaces:

Autónomos: https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/Subvenciones-para-facilitar-la-conciliacion-de-la-vida-laboral-y-familiar-de-personas-trabajadoras-autonomas-con-actividad-economica-en-Navarra-a-traves-de-la-contratacion-?back=true&pageBackId=5722676

Trabajadores por cuenta ajena: https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/subvenciones-para-la-conciliacion-de-la-vida-laboral-y-familiar-de-las-personas-trabajadoras-por-cuenta-ajena-a-traves-de-la-contratacion?back=true&pageBackId=5722676

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